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Análisis Mensual de ASIES - JULIO
2001
ASUNTOS ECONÓMICOS
Nueva legislación tributaria
Entre el 25 y el 28 de julio, en
sesiones extraordinarias, el Congreso de la República aprobó en
un total de 9 leyes en materia fiscal. Estas incluyen reformas a códigos,
incrementos al presupuesto de ingresos y egresos del Estado,
aumento a tasas impositivas, creación de un nuevo impuesto,
reformas a tres códigos, modificaciones a la Ley de
contrataciones del Estado y un aumento a la bonificación
incentivo de los trabajadores privados y del Estado. La siguiente
tabla presenta las principales disposiciones aprobadas en materia
presupuestaria y de impuestos.
Reformas
aprobadas en julio 2001
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Decreto
del Congreso
|
Principales
disposiciones aprobadas
|
Fecha
de vigencia
|
| DC
31-2001
Ampliación al
presupuesto general de ingresos y egresos del Estado
|
Ampliación
del presupuesto en Q2,035.9 millones. |
3-8-2001 |
| DC
32-2001
Reforma al DC 27-92, Ley
del impuesto al valor agregado
|
Incremento
de dos puntos porcentuales a la tasa impositiva, de 10 a
12%. |
1-8-2001a |
| DC
33-2001
Ley de actualización de
tarifas impositivas, de impuestos específicos y de
ampliación de base imponible
|
Duplicación
del impuesto específico a los vehículos marítimos y
aeronaves.
Dolarización de las
tasas específicas a las gasolinas y aumento a la tasa
del bunker.
Eliminación de rebaja en
la base imponible a automóviles importados de modelos
10 años atrás y más, y disminución en la rebaja a
automóviles de 5-9 años atrás.
Inclusión de donaciones
a iglesias y asociaciones de carácter religioso como
deducciones de la renta neta del ISR.
|
3-8-2001 |
| DC
34-2001
Reformas al DC 57-92, Ley
de contrataciones del Estado
|
Ampliación
del techo de licitación de Q200 mil a Q900 mil. |
7-8-2001 |
| DC
35-2001
Ley de timbre de control
fiscal
|
Se
establece un timbre de control fiscal a cigarrillos,
bebidas alcohólicas destiladas, cerveza, otras bebidas
fermentadas y bebidas gaseosas, de producción nacional
o importadas. |
1-10-2001 |
| DC
36-2001
Ley de actualización de
tarifas impositivas, de ampliación y regularización de
la base imponible de algunos impuestos
|
Incremento
en 1 punto porcentual a la tasa del IEMA, 2.5% a 3.5%
del activo neto total, y de 1.25% a 2.25% de los
ingresos brutos.
Regularización de la
base del impuesto a cigarrillos y a la importación del
gas licuado de petróleo para uso doméstico.
|
1-10-2001 |
| DC
37-2001 |
Incremento
a la bonificación incentivo mensual de los trabajadores
del sector privado a Q250.b
Incremento a la
bonificación mensual de los trabajadores permanentes y
pensionados del Estado de Q200 a Q250.
Ampliación del
presupuesto en Q55.9 millones.
|
6-8-2001 |
a La vigencia de
la tasa impositiva anunciada por la SAT a partir del 1o
de agosto de 2001 ha sido cuestionada a la luz del artículo 7,
del Código Tributario que establece cuando una reforma de una
norma tributaria se estableciere diferente cuantía o tarifa para
uno o más impuestos, éstas se aplicarán a partir del primer día
hábil del siguiente período impositivo, con el objeto de evitar
duplicidad de declaraciones del contribuyente. Lo anterior
implicaría que la nueva tasa del IVA se aplicaría a partir del 1o
de septiembre del año en curso, aun cuando la reforma legal esté
vigente a partir del 1o de agosto.
b La bonificación
incentivo vigente era de Q161.40 para actividades agropecuarias y
Q154.50 para actividades no agropecuarias, por lo que el
incremento efectivo será de Q88.60 y Q95.50 respectivamente.
Con relación a éstas cabe hacer
los siguientes comentarios.
Mismos resultados, procedimiento
equivocado. Si bien estas reformas se afirma por el Ejecutivo
ser el resultado del proceso de implementación del pacto fiscal,
la forma en que fueron presentadas y aprobadas - así como el
hecho mismo que no se hayan discutido iniciativas destinadas a dar
cumplimiento a los demás compromisos del pacto -, hacen ver el
abandono del pacto fiscal por parte del gobierno. Llama la atención
como al finalizar el año 2000 el gobierno no solo cuestiona la
validez del acuerdo político, sino que a través de sus acciones
desarticula las mesas de negociación tributarias, y que un año
después sea el pacto fiscal y las disposiciones del acuerdo las
que evoquen las autoridades gubernamentales para justificar el
incremento a los impuestos.
Límites a la disposición de
recursos del Estado. Ante la falta de credibilidad en la
utilización de los impuestos, una forma de generar aceptación en
su incremento es a través de asignaciones específicas a áreas
generalmente aceptadas como prioritarias por la sociedad. No
obstante, este tipo de medidas limita la capacidad del gobierno en
asignar recursos a proyectos de igual importancia, tal como lo es
ahora la Estrategia de Reducción de Pobreza. Con la aprobación
de un incremento de 2 puntos porcentuales a la tasa del IVA, son 5
de los 12 puntos recaudados los que cuentan por ley con destino
específico.
Dolarizando las tasas
impositivas. Las reformas aprobadas dolarizan las tasas específicas
del impuesto a las gasolinas como una manera de mantener el valor
del impuesto en el tiempo. No obstante, se considera innecesario
su dolarización ya que con ello pareciera que el gobierno se
cubriera ante posibles variaciones en el tipo de cambio que él
mismo podría generar a través de su gestión macroeconómica.
Una forma alternativa de mantener el valor real del impuesto es
transformando la tasa específica a una ad valorem, de
forma que la misma se ajuste a la variación de precios en el
tiempo.
Incremento al monto de
licitaciones del Estado. Ante los señalamientos de corrupción
y falta de transparencia en el gasto pareciera no ser el mejor
momento para incrementar más de tres veces los montos eximidos de
los procesos de licitación del Estado. Existe justificación económica
de su incremento por razones de contrarrestar los efectos
inflacionarios en el tiempo, no obstante la coyuntura exige
medidas simultáneas que garanticen una mejor utilización de los
recursos por parte del Estado y no solo le otorgo mayores
facilidades para hacer uso de ellos.
Mayores cargas al sector
empresarial nacional. El incremento en la bonificación
incentivo otorgada a los trabajadores del sector privado en más
de 50%, aunado a un incremento a la tasa impositiva del IEMA y una
reducción de la capacidad de compra de las personas ante el
incremento del IVA, ejercerá fuertes presiones sobre la situación
financiera de las empresas y de los consumidores que recibirán el
traslado de los impuestos alzados en la compra de productos o
servicios. Ante un panorama de baja actividad económica nacional
e internacional, probablemente tendrá efectos en los niveles de
contratación y expansión de las empresas nacionales, con sus
consecuencias sobre los niveles de empleo y producción.
Crisis financiera del Estado e
incremento presupuestario. Las autoridades gubernamentales han
enfatizado mucho sobre la importancia de los ingresos generados
por las reformas tributarias como condición necesaria para
mantener la estabilidad macroeconómica del país. No obstante,
pareciera contradictorio que paralelo a esto, el mismo Ministerio
de Finanzas Públicas solicite una ampliación presupuestaria por
más de Q2 mil millones, y que ésta sea aprobada por el Congreso
de la República.
Tomando en consideración las
reformas presupuestarias aprobadas, el déficit fiscal al
finalizar el año se estima en 2.5% de PIB, incrementando de este
modo un punto respecto el déficit aprobado para este año.
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